Fondos mutuos
La Asociación de Administradoras de Fondos Mutuos de Chile A.G., fue creada en diciembre de 1994, por la totalidad de las administradoras que operaban en ese año.
Su objetivo se puede resumir en los siguientes puntos:a) Propender al desarrollo de la industria y velar por la implementación de un marco normativo adecuado que regule la actividad.b) Propender que las relaciones entre los asociados como con las autoridades económicas, se desarrollen en base a la justicia, equidad y mutuo respeto.c) Facilitar el proceso de autorregulación de las administradoras y velar por la ética de la industria.d) Contribuir al perfeccionamiento profesional de las personas que trabajan en las administradoras, mediante la realización de cursos, seminarios, encuentros y otras actividades de capacitación.e) Difundir el conocimiento y uso de los Fondos Mutuos como valioso instrumento financiero y de inversión, para personas naturales y jurídicas.f) Velar para que las informaciones relativas a las administradoras y sus fondos mutuos, publicadas en los medios de comunicación sean veraces, completas, bien documentadas y oportunas.g) Realizar todas aquellas actividades, ya sean de carácter nacional o internacional que digan relación con las finalidades antes señaladas o como complemento de estas
jueves, 10 de abril de 2008
LAB 02_CORPBANCA
Créditos a Empresas
Crédito en $, en UF y en US$
Créditos para Financiar Capital de Trabajo
Créditos con Garantía de Letras y Pagarés
Créditos Corfo Multisectorial B11
Créditos Corfo Proyectos Medio Ambientales B14
Créditos Corfo Proyectos Regionales B15
Créditos con Garantía FOGAIN (Próximamente en Licitación)
Créditos con Garantía FOGAPE (Próximamente en Licitación)
Créditos a Mediano Plazo Pagaderos en Cuotas
Créditos de Reajustabilidad Dólar Observado
Financiamiento en el Exterior
Crédito Hipotecario con Letras de Fines Generales
Créditos para Financiar Capital de Trabajo
Línea de Crédito para Financiar Capital de Trabajo de Corto Plazo
Características
Cualquiera que sea la actividad productiva de su empresa, Corp Banca puede fijarle una línea de crédito de corto plazo para el financiamiento de su capital de trabajo.
Esta línea de crédito consiste en que Corp Banca fija un monto de crédito que usted puede utilizar mediante préstamos en pesos o UF, renovables cada 30 ó 90 días. El plazo de vigencia de la línea es convenido con usted.
Ventajas de este Producto
La ventaja de esta línea es que su empresa puede estructurar su forma de pago de acuerdo a los flujos de su negocio.
Créditos a Mediano Plazo Pagaderos en Cuotas
CaracterísticasFinancie adecuadamente sus inversiones en Activo Fijo.
Este producto le permite financiar, en el mediano plazo, la adquisición de maquinarias, vehículos o cualquier inversión que su empresa requiera realizar en activos fijos.
Los préstamos se otorgan en pesos o UF en un plazo que va entre los 6 a 36 meses.
Ventajas de Este ProductoLa ventaja para su empresa de acceder a este crédito, es que podrá financiar en el mediano plazo, con una cuota fija mensual, aquellos bienes que rentarán en el largo plazo sin utilizar su capital de trabajo para estos fines.
LAB 02_APV
¿Qué es Ahorro Previsional Voluntario, APV?
El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que permite a las personas dependientes e independientes, ahorrar por sobre lo cotizado obligatoriamente en su AFP.
Cualquier persona puede hacer APV en la AFP, sin que exista un monto mínimo de ahorro por este concepto. Sin embargo, este mecanismo de ahorro se vuelve imprescindible para aquellas personas que tienen una renta superior a 60 UF mensuales.
¿Por qué?, simplemente porque la cotización obligatoria considera que usted tiene un sueldo máximo de 60 UF, y con esto la pensión a obtener se acercará a ese mismo monto. Por lo tanto, sueldos mayores requieren de ahorro vía APV para lograr una pensión similar a la renta actual.
También es una alternativa de ahorro necesaria para las mujeres, quienes ahorran durante menos años que los hombres ya que la edad de jubilación es 5 años antes y además viven más tiempo. Estos dos efectos hacen que el monto de la pensión a recibir por la mujer sea más bajo, ya que con un saldo ahorrado menor, debe financiar más años de pensión.
Existen dos formas de hacer APV:
COTIZACIONES VOLUNTARIAS
La cotización voluntaria es una forma de ahorro que permite que el afiliado deposite en su cuenta de capitalización individual un porcentaje de su renta o definir un monto fijo. Los afiliados pueden cotizar libremente (personalmente o a través del empleador) con exención tributaria por un máximo de 50 UF mensuales o 600 UF anuales. Esta forma de ahorro posee beneficios tributarios para las personas que cancelan impuesto a la renta, ya que este ahorro se rebaja de la renta imponible y, por lo tanto, paga menos impuesto.
Tanto los trabajadores dependientes como independientes pueden hacer APV por medio de las cotizaciones voluntarias, siempre y cuando coticen en el ahorro obligatorio.
Los ahorros generados por medio de Cotizaciones Voluntarias tienen liquidez, es decir, se pueden retirar. El retiro de estos aportes se puede realizar al momento de pensionarse, aumentando la pensión o pueden ser retirados como excedente de libre disposición, si corresponde. Sin perjuicio de lo anterior, se pueden realizar retiros en cualquier momento durante la vida activa del trabajador, cancelando una sobretasa al impuesto del global complementario.
DEPÓSITOS CONVENIDOS
Los Depósitos Convenidos corresponden a aportes voluntarios, realizados a través del empleador, y por lo tanto, sólo pueden hacer depósitos convenidos los trabajadores dependientes.
Estos montos se abonan en la cuenta de capitalización individual y son independientes de la cotización obligatoria y voluntaria. Las sumas convenidas pueden corresponder a un monto fijo pagado en una sola oportunidad por el empleador, o un porcentaje mensual de la remuneración imponible o a un monto fijo mensual. Estas sumas no tienen ningún límite en relación a la remuneración imponible y no constituyen renta para el trabajador, por lo tanto, no se encuentran afectas a impuesto además, a diferencia de las Cotizaciones Voluntarias, los Depósitos Convenidos no tienen tope de monto.
Estos recursos sólo pueden ser retirados al momento de pensionarse, aumentando el monto de la pensión o pueden retirarse como parte del excedente de libre disposición, pero cancelando la tasa de impuesto global complementario correspondiente.
El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que permite a las personas dependientes e independientes, ahorrar por sobre lo cotizado obligatoriamente en su AFP.
Cualquier persona puede hacer APV en la AFP, sin que exista un monto mínimo de ahorro por este concepto. Sin embargo, este mecanismo de ahorro se vuelve imprescindible para aquellas personas que tienen una renta superior a 60 UF mensuales.
¿Por qué?, simplemente porque la cotización obligatoria considera que usted tiene un sueldo máximo de 60 UF, y con esto la pensión a obtener se acercará a ese mismo monto. Por lo tanto, sueldos mayores requieren de ahorro vía APV para lograr una pensión similar a la renta actual.
También es una alternativa de ahorro necesaria para las mujeres, quienes ahorran durante menos años que los hombres ya que la edad de jubilación es 5 años antes y además viven más tiempo. Estos dos efectos hacen que el monto de la pensión a recibir por la mujer sea más bajo, ya que con un saldo ahorrado menor, debe financiar más años de pensión.
Existen dos formas de hacer APV:
COTIZACIONES VOLUNTARIAS
La cotización voluntaria es una forma de ahorro que permite que el afiliado deposite en su cuenta de capitalización individual un porcentaje de su renta o definir un monto fijo. Los afiliados pueden cotizar libremente (personalmente o a través del empleador) con exención tributaria por un máximo de 50 UF mensuales o 600 UF anuales. Esta forma de ahorro posee beneficios tributarios para las personas que cancelan impuesto a la renta, ya que este ahorro se rebaja de la renta imponible y, por lo tanto, paga menos impuesto.
Tanto los trabajadores dependientes como independientes pueden hacer APV por medio de las cotizaciones voluntarias, siempre y cuando coticen en el ahorro obligatorio.
Los ahorros generados por medio de Cotizaciones Voluntarias tienen liquidez, es decir, se pueden retirar. El retiro de estos aportes se puede realizar al momento de pensionarse, aumentando la pensión o pueden ser retirados como excedente de libre disposición, si corresponde. Sin perjuicio de lo anterior, se pueden realizar retiros en cualquier momento durante la vida activa del trabajador, cancelando una sobretasa al impuesto del global complementario.
DEPÓSITOS CONVENIDOS
Los Depósitos Convenidos corresponden a aportes voluntarios, realizados a través del empleador, y por lo tanto, sólo pueden hacer depósitos convenidos los trabajadores dependientes.
Estos montos se abonan en la cuenta de capitalización individual y son independientes de la cotización obligatoria y voluntaria. Las sumas convenidas pueden corresponder a un monto fijo pagado en una sola oportunidad por el empleador, o un porcentaje mensual de la remuneración imponible o a un monto fijo mensual. Estas sumas no tienen ningún límite en relación a la remuneración imponible y no constituyen renta para el trabajador, por lo tanto, no se encuentran afectas a impuesto además, a diferencia de las Cotizaciones Voluntarias, los Depósitos Convenidos no tienen tope de monto.
Estos recursos sólo pueden ser retirados al momento de pensionarse, aumentando el monto de la pensión o pueden retirarse como parte del excedente de libre disposición, pero cancelando la tasa de impuesto global complementario correspondiente.
LAB 02_LEASING
Leasing Pyme
Financia el arrendamiento con opción de compra de equipos, maquinarias y bienes de capital nuevos. Se incluyen los servicios anexos para su instalación y montaje, así como también de construcciones y obras civiles destinadas a los fines productivos de medianas y pequeñas empresas.
¿En qué consiste?
Es un financiamiento de hasta 100% del valor de los bienes y servicios elegibles, cuyo valor de compra no exceda de UF 25.000, excluido el IVA. Se otorga en dólares o en unidades de fomento. Tiene tasa de interés fija y considera plazos de pago de entre 2 y 6 años.
Sin perjuicio de lo anterior, CORFO podrá aprobar el financiamiento de operaciones por un monto mayor a UF 25.000, cuando la adquisición de bienes o servicios corresponda a proyectos nuevos, relocalizaciones de empresas o ampliaciones sustanciales destinadas a incorporar nuevas líneas de producción o abarcar nuevos mercados.
¿Quiénes pueden acceder?
Empresas privadas, personas jurídicas o naturales, legalmente establecidas en Chile, con ventas anuales de hasta US$ 10.000.000, excluido el IVA, que adquieran bienes de capital, maquinarias o equipos nuevos a través de compañías de leasing no bancarias.
¿Qué financia?
La compra –a través del mecanismo de arrendamiento con opción de compra– de bienes de capital, maquinarias o equipos nuevos, incluyendo los servicios anexos para su instalación y montaje y/o construcciones y obras civiles orientadas a fines productivos.
No financia el arrendamiento en forma de leasing de bienes inmuebles (salvo en los casos de empresas obligadas a relocalizarse por normativa ambiental), vehículos de uso personal y bienes de capital usados (excepto cuando ellos se importen expresamente para la empresa beneficiaria o cuando esta posea ventas anuales inferiores a US$ 1.000.000).
¿Dónde se accede?
Servicios Financieros Progreso
Factotal Leasing
Financia el arrendamiento con opción de compra de equipos, maquinarias y bienes de capital nuevos. Se incluyen los servicios anexos para su instalación y montaje, así como también de construcciones y obras civiles destinadas a los fines productivos de medianas y pequeñas empresas.
¿En qué consiste?
Es un financiamiento de hasta 100% del valor de los bienes y servicios elegibles, cuyo valor de compra no exceda de UF 25.000, excluido el IVA. Se otorga en dólares o en unidades de fomento. Tiene tasa de interés fija y considera plazos de pago de entre 2 y 6 años.
Sin perjuicio de lo anterior, CORFO podrá aprobar el financiamiento de operaciones por un monto mayor a UF 25.000, cuando la adquisición de bienes o servicios corresponda a proyectos nuevos, relocalizaciones de empresas o ampliaciones sustanciales destinadas a incorporar nuevas líneas de producción o abarcar nuevos mercados.
¿Quiénes pueden acceder?
Empresas privadas, personas jurídicas o naturales, legalmente establecidas en Chile, con ventas anuales de hasta US$ 10.000.000, excluido el IVA, que adquieran bienes de capital, maquinarias o equipos nuevos a través de compañías de leasing no bancarias.
¿Qué financia?
La compra –a través del mecanismo de arrendamiento con opción de compra– de bienes de capital, maquinarias o equipos nuevos, incluyendo los servicios anexos para su instalación y montaje y/o construcciones y obras civiles orientadas a fines productivos.
No financia el arrendamiento en forma de leasing de bienes inmuebles (salvo en los casos de empresas obligadas a relocalizarse por normativa ambiental), vehículos de uso personal y bienes de capital usados (excepto cuando ellos se importen expresamente para la empresa beneficiaria o cuando esta posea ventas anuales inferiores a US$ 1.000.000).
¿Dónde se accede?
Servicios Financieros Progreso
Factotal Leasing
jueves, 3 de abril de 2008
LAB 02_CONTRATO DE TRABAJO
Modelo de contrato de trabajo
En santiago, 03 de abril de 2008, entre la Empresa HETEC, RUT No.__________, representada por don(a)Lynette Andrea Molina Soto, cédula de identidad No.16587210-k, ambos domiciliados en _______________, en adelante el “EMPLEADOR”, y don Felipe Enrique Fernández Fernández, cédula de identidad No17307982-6, de nacionalidad chilena, nacido el 9 de julio de 1989, estado civil soltero, domiciliado en Av Libertador Bernardo O´higgins , de esta ciudad, en adelante el “TRABAJADOR”, se conviene el siguiente contrato de trabajo:
PRIMERO El TRABAJADOR se obliga a prestar servicios personales como Vicepresidente , en el establecimiento del EMPLEADOR, ubicado en _______________.
SEGUNDO El TRABAJADOR tendrá una jornada ordinaria de trabajo de 48 horas, distribuida de lunes a viernes de 9:00 a 19:06 horas, con media hora de colación no imputable a la jornada entre las 13:30 y las 14:00 horas.
TERCERO Los servicios personales del TRABAJADOR se remunerarán mensualmente de la siguiente manera:
1) Sueldo Base: Ascendente a la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos).
2) Gratificación legal: Será pagada de conformidad al artículo 50 del Código del Trabajo y su monto será equivalente al 25% del sueldo base mensual, con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
Las remuneraciones serán liquidadas y pagadas por períodos vencidos, el último día hábil de cada mes en las oficinas del EMPLEADOR y dentro de la jornada de trabajo.
El EMPLEADOR queda expresamente facultado para pagar las remuneraciones en cheque o vale vista bancario. Este documento se entregará al TRABAJADOR o se depositará en su cuenta corriente, según su elección.
De las remuneraciones, el EMPLEADOR efectuará las deducciones y retenciones de imposiciones previsionales e impuestos que corresponda, de acuerdo con la ley.
CUARTO. El EMPLEADOR, además, pagará al TRABAJADOR, por cada día efectivamente trabajo:
a) Asignación de colación: Ascendente a la suma diaria de $....................
b) Asignación de movilización: Ascendente a la suma diaria de $....................
QUINTO En el ejercicio de sus funciones, el TRABAJADOR se obliga a desempeñar sus labores con el debido cuidado y diligencia, evitando comprometer la seguridad y prestigio de la Empresa, y a acatar las órdenes e instrucciones de sus superiores, comprometiéndose a atender al público, a los clientes y a su personal con la debida eficiencia y respeto.
SEXTO El TRABAJADOR se obliga a prestar servicios personales con dedicación exclusiva al EMPLEADOR y no podrá laborar en otras empresas que desarrollen funciones similares a las de su EMPLEADOR.
SEPTIMO El presente contrato tendrá una duración indefinida a contar del 31-04-2009.
OCTAVO Se deja constancia que el TRABAJADOR ingresó al servicio del EMPLEADOR el 03 de abril de 2008.
NOVENO. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, y se somete a la competencia de sus tribunales de justicia.
DECIMO. El presente contrato se extiende en tres ejemplares, declarando el TRABAJADOR haber recibido un ejemplar en este acto a su entera satisfacción.
________________________ ________________________
Trabajador Empleador
En santiago, 03 de abril de 2008, entre la Empresa HETEC, RUT No.__________, representada por don(a)Lynette Andrea Molina Soto, cédula de identidad No.16587210-k, ambos domiciliados en _______________, en adelante el “EMPLEADOR”, y don Felipe Enrique Fernández Fernández, cédula de identidad No17307982-6, de nacionalidad chilena, nacido el 9 de julio de 1989, estado civil soltero, domiciliado en Av Libertador Bernardo O´higgins , de esta ciudad, en adelante el “TRABAJADOR”, se conviene el siguiente contrato de trabajo:
PRIMERO El TRABAJADOR se obliga a prestar servicios personales como Vicepresidente , en el establecimiento del EMPLEADOR, ubicado en _______________.
SEGUNDO El TRABAJADOR tendrá una jornada ordinaria de trabajo de 48 horas, distribuida de lunes a viernes de 9:00 a 19:06 horas, con media hora de colación no imputable a la jornada entre las 13:30 y las 14:00 horas.
TERCERO Los servicios personales del TRABAJADOR se remunerarán mensualmente de la siguiente manera:
1) Sueldo Base: Ascendente a la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos).
2) Gratificación legal: Será pagada de conformidad al artículo 50 del Código del Trabajo y su monto será equivalente al 25% del sueldo base mensual, con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
Las remuneraciones serán liquidadas y pagadas por períodos vencidos, el último día hábil de cada mes en las oficinas del EMPLEADOR y dentro de la jornada de trabajo.
El EMPLEADOR queda expresamente facultado para pagar las remuneraciones en cheque o vale vista bancario. Este documento se entregará al TRABAJADOR o se depositará en su cuenta corriente, según su elección.
De las remuneraciones, el EMPLEADOR efectuará las deducciones y retenciones de imposiciones previsionales e impuestos que corresponda, de acuerdo con la ley.
CUARTO. El EMPLEADOR, además, pagará al TRABAJADOR, por cada día efectivamente trabajo:
a) Asignación de colación: Ascendente a la suma diaria de $....................
b) Asignación de movilización: Ascendente a la suma diaria de $....................
QUINTO En el ejercicio de sus funciones, el TRABAJADOR se obliga a desempeñar sus labores con el debido cuidado y diligencia, evitando comprometer la seguridad y prestigio de la Empresa, y a acatar las órdenes e instrucciones de sus superiores, comprometiéndose a atender al público, a los clientes y a su personal con la debida eficiencia y respeto.
SEXTO El TRABAJADOR se obliga a prestar servicios personales con dedicación exclusiva al EMPLEADOR y no podrá laborar en otras empresas que desarrollen funciones similares a las de su EMPLEADOR.
SEPTIMO El presente contrato tendrá una duración indefinida a contar del 31-04-2009.
OCTAVO Se deja constancia que el TRABAJADOR ingresó al servicio del EMPLEADOR el 03 de abril de 2008.
NOVENO. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, y se somete a la competencia de sus tribunales de justicia.
DECIMO. El presente contrato se extiende en tres ejemplares, declarando el TRABAJADOR haber recibido un ejemplar en este acto a su entera satisfacción.
________________________ ________________________
Trabajador Empleador
LAB 02_CONTRATO ARRIENDO
CONTRATO DE ARRIENDO CON OPCION DE COMPRA
Contrato Nº1- 2008
En Santiago de Chile, con fecha de 03 de abril del 2008, entre HETEC, en adelante ARRENDADOR, debidamente
Representada por Lynette, ambos domiciliados en Santa Isabel 1186, teléfono (56-2) 5826816 , comuna de
Santiago, en adelante el ARRENDATARIO, se ha convenido el siguiente contrato de
Arrendamiento.
1. -En este acto y por el presente instrumento, el arrendador, previa demostración práctica de su uso, da en
Arriendo con opción de compra al arrendatario, las especies que se detallan, quien declara y recibe plenamente
Conforme y en perfecto estado, funcionando cor rectamente y a su entera satisfacción por el período de arriendo
Que tendrá la duración que de señal a continuación:
Valor Arriendo Total Arriendo
Será responsabilidad exclusiva del arrendatario el recibir los bienes arrendados, en caso de no poder hacer lo,
Faculta expresamente a cualquiera de sus dependientes para recibir los bienes arrendados.
2. - Por lo que el valor total del arriendo, si ningún perjuicio de lo establecido en el punto quinto. Asciende a la suma
De $………………. Mas si corresponde, al aporte de $. . . . . . . . . . . . . , por día de atraso en la devolución del equipo o
Deterioro del mismo.
3. - Para el cumplimiento de este contrato el arrendatario entrega en garantía al arrendador, el siguiente
Documento:
Titular:…………………………………………………………………………………………
Cheque:……………… Cuenta:……………… Banco:……………. Serie:………….
Dicho documento podrá ser llenado en sus menciones de fecha y monto con un límite máximo de $…………………. ,
Según mandato que se confiere en este acto. Dicho valor se cobrará en el evento de que el cliente haga efectiva
la opción de compra prevista al final de la cláusula 6º .
4. - Se prohíbe subarrendar o comercial izar el uso del bien en arriendo, su uso s e circunscribe al uso personal y
Familiar del arrendatario.
5. - El valor señalado en la cláusula Nº 2 será calculado a contar de la suscripción del siguiente contrato hasta el
día en que se haga devolución de la especie arrendada. El valor total establecido será cancelado por el
Arrendatario al momento de arrendar el equipo.
6. - Las partes acuerdan expresamente que en el evento de no hacerse devolución de las especies arrendadas en
la fecha señalada en el punto Nº1, se extiende por rogado automáticamente por el mismo periodo el arriendo.
En el caso de hacerse efectiva la opción de compra, el arrendador emitirá la factura con IVA por el valor de la
garantía del artículo, según se expresa en la cláusula Nº 1. Con dicho objeto el arrendatario faculta expresa e
i r revocablemente al arrendador para que sin mas trámite se impute al referido precio de adquisición, la garantía
establecida en el punto Nº3.
7. - El arrendador deberá devolver el documento en garantía una vez que se de término al contrato , se cancel e
íntegramente el canon del arriendo y sea devuelto el equipo en términos satisfactorios para el arrendador , sin
embargo el arrendatario faculta ir revocablemente al arrendador para hacer efectivo el documento ya sea por el
valor total o en la proporción que cor responda cuando el arrendatario incurra en cualquiera de l as siguientes
causales:
A ) Incumplimiento en el pago del canon del arriendo .
B ) Pérdida de destrucción total o parcial de la cama de auto masaje por cualquier causa.
C ) Pérdida o destrucción total o parcial de cualquiera de sus partes piezas o accesorios .
D ) Manutención inadecuada de l a cama de auto masaje.
E ) Daño por uso o manipulación indebida de l a cama de auto masaje.
F ) O por otra causa que constituya la no entrega del bien .
8. - Estando los bienes arrendados en perfecto estado de conservación, habiéndolos recibido el cliente en dicho
estado y teniendo este último conocimiento tanto de las normas de seguridad de su empleo como de sus
capacidades máximas, el arrendador no tendrá responsabilidad alguna por cualquier daño o perjuicio que se
produzca durante su utilización o empleo u operación por personas menores de edad o incapacitadas y así queda
desde ya expresamente liberado de cualquier daño que se produzca como consecuencia de su utilización
inadecuada o ir regular o que no se compadezca con el destino natural de los bienes arrendados. Por lo tanto
será siempre responsabilidad exclusiva del arrendatario cualquier indemnización a que di ere lugar el uso de los
bienes arrendados.
9. - Al término del presente contrato, el arrendatario deberá devolver el o los equipos arrendados en el mismo
estado en el que los recibió según lo estipulado en la cláusula 1º precedente. En caso contrario se cobrará un
valor por concepto de gastos de manutención, señalado en la cláusula 2º .
10. - Calendario de arrendamiento:
Día de inicio:…………………………
Día de término:………………………
11. - Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago.
__________________
Arrendador
Universidad Central
Rut 70.995.200-5
__________________
Arrendatario
HETEC a nombre de:
Lynette Molina
RUT: 16.587.210-k
Contrato Nº1- 2008
En Santiago de Chile, con fecha de 03 de abril del 2008, entre HETEC, en adelante ARRENDADOR, debidamente
Representada por Lynette, ambos domiciliados en Santa Isabel 1186, teléfono (56-2) 5826816 , comuna de
Santiago, en adelante el ARRENDATARIO, se ha convenido el siguiente contrato de
Arrendamiento.
1. -En este acto y por el presente instrumento, el arrendador, previa demostración práctica de su uso, da en
Arriendo con opción de compra al arrendatario, las especies que se detallan, quien declara y recibe plenamente
Conforme y en perfecto estado, funcionando cor rectamente y a su entera satisfacción por el período de arriendo
Que tendrá la duración que de señal a continuación:
Valor Arriendo Total Arriendo
Será responsabilidad exclusiva del arrendatario el recibir los bienes arrendados, en caso de no poder hacer lo,
Faculta expresamente a cualquiera de sus dependientes para recibir los bienes arrendados.
2. - Por lo que el valor total del arriendo, si ningún perjuicio de lo establecido en el punto quinto. Asciende a la suma
De $………………. Mas si corresponde, al aporte de $. . . . . . . . . . . . . , por día de atraso en la devolución del equipo o
Deterioro del mismo.
3. - Para el cumplimiento de este contrato el arrendatario entrega en garantía al arrendador, el siguiente
Documento:
Titular:…………………………………………………………………………………………
Cheque:……………… Cuenta:……………… Banco:……………. Serie:………….
Dicho documento podrá ser llenado en sus menciones de fecha y monto con un límite máximo de $…………………. ,
Según mandato que se confiere en este acto. Dicho valor se cobrará en el evento de que el cliente haga efectiva
la opción de compra prevista al final de la cláusula 6º .
4. - Se prohíbe subarrendar o comercial izar el uso del bien en arriendo, su uso s e circunscribe al uso personal y
Familiar del arrendatario.
5. - El valor señalado en la cláusula Nº 2 será calculado a contar de la suscripción del siguiente contrato hasta el
día en que se haga devolución de la especie arrendada. El valor total establecido será cancelado por el
Arrendatario al momento de arrendar el equipo.
6. - Las partes acuerdan expresamente que en el evento de no hacerse devolución de las especies arrendadas en
la fecha señalada en el punto Nº1, se extiende por rogado automáticamente por el mismo periodo el arriendo.
En el caso de hacerse efectiva la opción de compra, el arrendador emitirá la factura con IVA por el valor de la
garantía del artículo, según se expresa en la cláusula Nº 1. Con dicho objeto el arrendatario faculta expresa e
i r revocablemente al arrendador para que sin mas trámite se impute al referido precio de adquisición, la garantía
establecida en el punto Nº3.
7. - El arrendador deberá devolver el documento en garantía una vez que se de término al contrato , se cancel e
íntegramente el canon del arriendo y sea devuelto el equipo en términos satisfactorios para el arrendador , sin
embargo el arrendatario faculta ir revocablemente al arrendador para hacer efectivo el documento ya sea por el
valor total o en la proporción que cor responda cuando el arrendatario incurra en cualquiera de l as siguientes
causales:
A ) Incumplimiento en el pago del canon del arriendo .
B ) Pérdida de destrucción total o parcial de la cama de auto masaje por cualquier causa.
C ) Pérdida o destrucción total o parcial de cualquiera de sus partes piezas o accesorios .
D ) Manutención inadecuada de l a cama de auto masaje.
E ) Daño por uso o manipulación indebida de l a cama de auto masaje.
F ) O por otra causa que constituya la no entrega del bien .
8. - Estando los bienes arrendados en perfecto estado de conservación, habiéndolos recibido el cliente en dicho
estado y teniendo este último conocimiento tanto de las normas de seguridad de su empleo como de sus
capacidades máximas, el arrendador no tendrá responsabilidad alguna por cualquier daño o perjuicio que se
produzca durante su utilización o empleo u operación por personas menores de edad o incapacitadas y así queda
desde ya expresamente liberado de cualquier daño que se produzca como consecuencia de su utilización
inadecuada o ir regular o que no se compadezca con el destino natural de los bienes arrendados. Por lo tanto
será siempre responsabilidad exclusiva del arrendatario cualquier indemnización a que di ere lugar el uso de los
bienes arrendados.
9. - Al término del presente contrato, el arrendatario deberá devolver el o los equipos arrendados en el mismo
estado en el que los recibió según lo estipulado en la cláusula 1º precedente. En caso contrario se cobrará un
valor por concepto de gastos de manutención, señalado en la cláusula 2º .
10. - Calendario de arrendamiento:
Día de inicio:…………………………
Día de término:………………………
11. - Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago.
__________________
Arrendador
Universidad Central
Rut 70.995.200-5
__________________
Arrendatario
HETEC a nombre de:
Lynette Molina
RUT: 16.587.210-k
LAB 02_PATENTE
Patente de la Empresa
Requisitos:
•Valor de la patente:
El valor de la patente dura 12 mese y depende de cada municipalidad. No puede ser inferior a 1 UTM ni superior a cuatro mil unidades tributarias mensuales. Por ejemplo, con un capital inicial de $20.000.000, el costo de la patente fluctuará entre los $50.000 y los $100.000.
•Forma de pago:
La patente se paga al contado o en dos cuotas iguales, en el municipio respectivo, entre julio y enero de cada año.
Toda persona que inicie un negocio deberá dar una declaración jurada simple acerca del monto del capital propio del negocio.
•Documentos requeridos:
Los documentos son:
- Fotocopia de la cédula de identidad y/o RUT de la sociedad.
- Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de sociedad (Si la patente la solicita una persona jurídica)
Otros documentos solicitados son:- Fotocopia de las modificaciones de la escritura, protocolización del extracto, publicación en Diario Oficial.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y/o acta de sesión de directorio del nombramiento del representante legal (En el caso de las sociedades anónimas).
- Fotocopia declaración de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII)
- Fotocopia legalizada de certificado de dominio vigente, contrato de arriendo, escritura de la propiedad, fotocopia de la escritura de compraventa y/o autorización notarial.
- Declaración simple de capital inicial, generalmente incluida en el formulario.
- plano de la distribución interna del local u oficina.
- Permiso de edificación del inmueble donde se realizará la actividad comercial (si va a construir).
- Resolución favorable de la Autoridad Sanitaria (ex Sesma) o aprobación del programa del ambiente del Servicio de Salud respectivo (relacionado con actividades que involucran expendio de alimentos, industrias, y actividades que pudiesen producir contaminación y lugares de reunión pública, entre otras)
Pasos para obtener la patente en la municipalidad:
1- El formulario debe ser retirado en la municipalidad respectiva
2- Entregar el formulario con los antecedentes requeridos y la documentación necesaria adjunta.
3- El inspector municipal realiza una visita al lugar y puede requerir nuevos trámites o documentos.
Requisitos:
•Valor de la patente:
El valor de la patente dura 12 mese y depende de cada municipalidad. No puede ser inferior a 1 UTM ni superior a cuatro mil unidades tributarias mensuales. Por ejemplo, con un capital inicial de $20.000.000, el costo de la patente fluctuará entre los $50.000 y los $100.000.
•Forma de pago:
La patente se paga al contado o en dos cuotas iguales, en el municipio respectivo, entre julio y enero de cada año.
Toda persona que inicie un negocio deberá dar una declaración jurada simple acerca del monto del capital propio del negocio.
•Documentos requeridos:
Los documentos son:
- Fotocopia de la cédula de identidad y/o RUT de la sociedad.
- Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de sociedad (Si la patente la solicita una persona jurídica)
Otros documentos solicitados son:- Fotocopia de las modificaciones de la escritura, protocolización del extracto, publicación en Diario Oficial.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y/o acta de sesión de directorio del nombramiento del representante legal (En el caso de las sociedades anónimas).
- Fotocopia declaración de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII)
- Fotocopia legalizada de certificado de dominio vigente, contrato de arriendo, escritura de la propiedad, fotocopia de la escritura de compraventa y/o autorización notarial.
- Declaración simple de capital inicial, generalmente incluida en el formulario.
- plano de la distribución interna del local u oficina.
- Permiso de edificación del inmueble donde se realizará la actividad comercial (si va a construir).
- Resolución favorable de la Autoridad Sanitaria (ex Sesma) o aprobación del programa del ambiente del Servicio de Salud respectivo (relacionado con actividades que involucran expendio de alimentos, industrias, y actividades que pudiesen producir contaminación y lugares de reunión pública, entre otras)
Pasos para obtener la patente en la municipalidad:
1- El formulario debe ser retirado en la municipalidad respectiva
2- Entregar el formulario con los antecedentes requeridos y la documentación necesaria adjunta.
3- El inspector municipal realiza una visita al lugar y puede requerir nuevos trámites o documentos.
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